Hasta 28 años de cárcel para quien difunda contenido sexual hecho con inteligencia artificial
Acorde a la más reciente publicación del Periodico Oficial del Estado de Aguascalientes, el Congreso del Estado de Aguascalientes aprobó reformas al Código Penal estatal que amplían y endurecen las sanciones por delitos relacionados con la explotación de imágenes íntimas, especialmente cuando involucran a menores de edad o el uso de Inteligencia Artificial (IA) para generar contenido sexual sin consentimiento.
Las modificaciones incorporan nuevas agravantes en el artículo 117. A partir de ahora, la creación o alteración digital de imágenes, audios o videos con contenido erótico usando partes del cuerpo de personas menores de 18 años podrá castigarse con entre 14 y 28 años de prisión cuando concurran dos o más agravantes, además de multas que van de 600 a 1400 días y la obligación de pagar la reparación total del daño.
Por su parte, el 181 B fue reformado para ampliar el delito de violación a la intimidad personal, que ahora incluye no solo la difusión de material íntimo sin consentimiento, sino también la creación de contenido sexual manipulado digitalmente y el uso de Inteligencia Artificial para generar contenido falso de naturaleza sexual de personas mayores de 18 años. Se sanciona a quien:
- Elabore o modifique imágenes, audios, videos o textos para generar contenido sexual usando partes del cuerpo de la víctima adulta.
- Difunda dicho material por cualquier medio.
Quienes elaboren o distribuyan estos materiales enfrentarán las mismas penas aplicables al delito de violación a la intimidad.
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