¿Se detiene la Reforma Judicial? Jueza emite suspensión para que no se discuta en el Pleno de la Cámara de Diputados

La suspensión va en contra del dictamen de la reforma y busca que esta no se suba a Pleno a discusión: te contamos de qué se trata

Congreso de la Unión.
Última actualización:  |  Redacción

De manera inédita, la jueza Quinto de Distrito de Morelos, Martha Eugenia Magaña López, otorgó una suspensión provisional en contra del dictamen de la reforma al Poder Judicial. Dicha suspensión tiene una finalidad: que no se discuta en el Pleno de la Cámara de Diputados la propuesta, para de esta manera frenar el proceso legislativo y la reforma en sí.

En concreto, la jueza otorgó una suspensión que impide a la Cámara de Diputados discutir el dictamen de reforma constitucional. Al no poderlo discutir, no se puede votar ni aprobar y por tanto no puede ser remitido a la Cámara de Senadores para hacer lo propio.

La suspensión es consecuencia de la solicitud de amparo respecto a la vulnerabilidad de los trabajadores con la eliminación de la carrera judicial, que es una de las consignas y de los argumentos que se oponen con más fuerza a la reforma impulsada por el presidente Andrés Manuel López Obrador.

En la resolución se estableció que los servidores públicos, al no tener estabilidad en el empleo, cuando fueran sujetos a un procedimiento de responsabilidad que pudiera dar lugar a su cese, estaban legitimados para promover el juicio de amparo desde el inicio del procedimiento, porque de emitirse la resolución de conclusión del encargo, aún cuando se determinara que existieron violaciones procesales o vicios de fondo, no sería factible restituirlos en su empleo, cargo o comisión, con lo que se buscó proteger en cierta forma su permanencia en el empleo.

“Si a los quejosos se les pretende cesar de sus cargos de Jueces federales sin derecho de audiencia y sin derecho a indemnización alguna, bastando para ello reformar el texto de la Constitución, es claro que la suspensión debe otorgarse para efecto de que el acto que reclaman no se formalice en la norma suprema, pues de hacerse seria inatacable”, refiere.

"Resulta procedente conceder la suspensión de oficio respecto de los efectos y consecuencias de los actos reclamados, a fin de que las autoridades responsables que constituyen el Congreso de la Unión, esto es, Cámara de Diputados y Cámara de Senadores, en el ámbito de sus respectivas competencias, continúen con el proceso legislativo y en caso de la eventual aprobación del decreto de reforma constitucional que constituye la raíz del acto reclamado", concluye la resolución.

Así, se pide que este decreto no pueda seguir su proceso legislativo en los congresos estatales y el de la Ciudad de México, esto en tanto se consiga una suspensión definitiva.

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