La reforma a la Ley de Amparo

Ignacio Ruelas Olvera

Nos deja altamente vulnerables

Ignacio Ruelas Olvera

Esta semana los mexicanos hemos estado al pendiente en la iniciativa de reforma a la Ley de Amparo, que es algo que nos deja altamente vulnerables.

En la Cámara de Senadores hubo una enmienda en la que se viola el artículo 14 constitucional, que a la letra dice: "A ninguna ley se le dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna." Es decir, impide que el Estado modifique las reglas del juego, una vez iniciado el proceso legal y protege los derechos adquiridos.

En materia de amparo, este principio es especialmente sensible, pues el juicio de amparo es el mecanismo de defensa más importante a actos arbitrarios del poder público. ¿Qué es lo que pudiera ocurrir con esta reserva que se hace en el Senado y que va rumbo a la Cámara de Diputados?

Implica, por un lado, que los amparos ya iniciados se resolverán conforme a las nuevas reglas. Por otro, que se limita la suspensión provisional, incluso en casos fiscales, permitiendo al Estado ejecutar cobros aunque estén impugnados.

Y además, redefine el concepto de interés legítimo. Lo que podría restringir la defensa de los derechos colectivos. A la jefa del Ejecutivo Federal no le gustó la reserva que fue inscrita en el Senado en medio de algo inentendible, discusiones sumamente complicadas y a veces infantiles. Esto va acorde con la teoría garantista en donde el derecho debe proteger al ciudadano frente al poder.

Esta reforma vulnera el principio de legalidad y rompe la previsibilidad normativa al cambiar las reglas en medio del proceso.

Con ello se debilita el estado de derecho al permitir que el legislador afecte procesos en curso, lo que puede interpretarse como una forma de abuso del poder. También va de acuerdo con la teoría del debido proceso en donde las normas aplicables sean preexistentes al acto que se juzga.

Aplicar nuevas reglas a juicios en trámite, rompe la cadena de legalidad afectando la defensa jurídica del quejoso. Puede ser inconstitucional, pues vulnera el derecho a un juicio justo y a la tutela judicial efectiva.

También va acorde las palabras de la presidenta con la teoría de los derechos adquiridos, donde los derechos procesales iniciados bajo una norma anterior son considerados derechos adquiridos y cambiar las condiciones del juicio afecta la expectativa legítima de la ciudadanía.

La retroactividad en perjuicio del quejoso viola derechos fundamentales y podría ser impugnada ante la Suprema Corte, pero también ante instancias internacionales. Las implicaciones son muy graves:

 Uno, más de 700 mil juicios de amparo se podrían ver afectados. Dos, se abre la puerta para que el Estado reconfigure procesos judiciales según su conveniencia. Tres, que no es limitativo y por ello se debilita la confianza del sistema jurídico, lo que puede tener efecto en la inversión, la defensa ambiental y los derechos colectivos.

Esta reforma a la Ley de Amparo en proceso -así como está manoseada, al incluir efectos retroactivos- viola el principio constitucional y retroactividad. También afecta derechos adquiridos y pone en riesgo el debido proceso.

Desde las teorías del derecho esta medida representa un retroceso en la protección de los derechos fundamentales y puede ser vista como una instrumentalización del derecho solamente para fines políticos.

Es importante rescatar la coherencia, ética, moral pública, el interés, la capacidad, los impulsos y sobre todo, el conocimiento del derecho por parte de la representación popular para cualificar las normas que rigen la vida compartida. No lo echemos en balde roto.

En las urnas es el momento de darle calidad al Poder Legislativo.

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