Aprueban creación del "sabotaje" como delito penal

Carcel
Última actualización:  |  Luigi Rivera

 En el Congreso del Estado, dan el aval a la creación del delito de “sabotaje”, con el que se podrá perseguir penalmente a aquellas personas que destruyan o maltraten la infraestructura pública, destinada a ofrecer servicios públicos. 

En este caso se trata del agregado del artículo 187 Bis, al Código Penal, el cual señala textualmente lo siguiente: 

Sabotaje. El sabotaje consiste en dañar o destruir la infraestructura pública o equipamiento destinada a la prestación de servicios públicos estatales o municipales, con el fin de suspender o afectar los servicios y funciones, tales como:  

I. Los servicios de salud, de educación, la prestación del servicio de agua potable, drenaje o alcantarillados; 

II. Los bienes para la prestación del servicio de alumbrado público, contenedores o demás instalaciones o bienes del servicio público para la limpia, recolección, traslado, tratamiento o disposición final de residuos; o 

III. Las funciones de las dependencias municipales, del Estado, organismos públicos descentralizados, empresas de participación estatal o sus instalaciones. 

A los responsables de Sabotaje se les impondrán de 3 a 8 años de prisión y multa de 1,000 a 1,400 días multa, y al pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados. 

Esto generó la inconformidad de un sólo integrante de la bancada de MORENA, como es el caso de Juan Carlos Regalado Ugarte, por la rapidez con que fue atendida, pero sobre todo, acusa que esto va en contra de las manifestaciones públicas, por lo que la califica como una ley mordaza que ata de manos a la ciudadanía, para poder manifestarse cuando no reciban buenos servicios públicos. 

También se adiciona el párrafo V del artículo 142 que señala: 

El objeto material del apoderamiento sean tubos, conexiones, tapas de registro, rejillas de alcantarillado o cualesquiera otros implementos de infraestructura pública o equipamiento destinada a la prestación de servicios públicos estatales o municipales, tales como los servicios de salud, de educación o la prestación del servicio de agua potable, drenaje o alcantarillado; así como de los bienes para la prestación del servicio de alumbrado público, contenedores o demás instalaciones o aquellos destinados para la limpia, recolección, traslado, tratamiento o disposición final de residuos. 

Finalmente fueron 19 votos a favor 1 en contra y una abstención en específico, el único voto en contra fue de Juan Carlos Regalado Ugarte, en tanto que Karola Macías, votó a favor y al momento de la votación se ausentaron Juan Luis Jasso, Ana Gómez, Leslie Mayela Figueroa y se registró la abstención de Arturo Piña, por lo que los morenistas acusaron traición de sus correligionarios, ligados al grupo de Arturo Ávila. 

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