Asesinos de animales ya no podrán ser suspendidos o inhabilitados de sus funciones
La medida es considera como ambigua, por lo tanto fue eliminada
Aprueba el Congreso del Estado la eliminación de varias porciones del Código Penal, de donde se eliminan las sanciones en contra de profesionistas o empleados que cometan el delito de atentados contra el equilibrio ecológico, entre ellos, el asesinato de animales, ya no podrán ser inhabilitados o suspendidos de sus derechos. Esto debido a la ambigüedad con que se expresa en la ley.
Lo anterior luego de que se avalara la reforma a dicho ordenamiento, propuesta por la bancada del PAN.
Se trata de la eliminación de dos párrafos, en el artículo 191 y 200, en donde se señala el castigo para los responsables de dichos delitos, ya sea dolosos o culposos:
“Al responsable de Atentados al Equilibrio Ecológico se le aplicarán de 1 a 10 años de prisión y de 500 a 2,000 días multa, reparación total de los daños y perjuicios causados y suspensión e inhabilitación de derechos, funciones, cargos, comisiones, empleos o profesiones de 6 meses a 3 años”.
En este caso, lo que se busca corregir es la inconstitucionalidad en cuanto a las penas accesorias, ya que, se señala en el texto de la propuesta, la Suprema Corte ha dejado en claro que las sanciones deben garantizar la certeza jurídica, proporcionalidad y plena observancia de los derechos fundamentales del inculpado.
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