Estos serían los requisitos para poder participar en elección judicial de Aguascalientes

Se deberán pasar por comités de evaluación

REFORMA
Última actualización:  |  Luigi Rivera

Si usted está interesado en participar en una candidatura para ser juez o jueza, tenga en cuenta cuales son los requisitos, que están en la iniciativa de reforma enviada por parte del Poder Ejecutivo:

 

Para ser electo Jueza o Juez se requiere:

 

I.- Contar con ciudadanía mexicana por nacimiento, originaria del Estado o con residencia en él no menor de dos años inmediatamente anteriores a la fecha de la publicación de la convocatoria a elección.

 

II.- Poseer Título de Licenciatura en Derecho expedido legalmente, contar con un promedio general no menor a ocho puntos o su equivalente, y de nueve puntos o su equivalente en las materias relacionadas con el cargo al que se postula en licenciatura, especialidad, maestría o doctorado; además, deberá acreditar que cuenta con experiencia práctica en el ejercicio de la actividad jurídica afín a su candidatura de cuando menos tres años anteriores al día de la publicación de la convocatoria respectiva a la elección del cargo por el que se postule, conforme al proceso de evaluación establecido, con base en esta Constitución y en la Convocatoria del Congreso.

 

III.- No pertenecer al estado eclesiástico ni ser ministro de ningún culto;

 

IV.- No ser titular de una Secretaría o su equivalente en el Poder Ejecutivo del Estado, de la Fiscalía General del Estado, Senador o Senadora, Diputado o Diputada Federal o Local, o dirigente de Partido Político durante el año previo al día de la publicación de la convocatoria a elección;

 

V.- No ser deudora o deudor alimentario moroso, salvo que acredite estar al corriente del pago o salde esa deuda;

 

VI.- No haber sido condenada por delito doloso con sanción privativa de la libertad o por sentencia que haya causado estado por faltas administrativas graves en términos de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Aguascalientes, salvo que exista cabal cumplimiento de las penas y/o sanciones establecidas en lasentencia; y

 

VII.- Aprobar las evaluaciones que prevé esta Constitución.

 

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