Quedan prohibidos narcocorridos y canciones contra las mujeres en transporte público
Quedan vetados en el transporte público de Aguascalientes los narcocorridos, así como cualquier canción que vaya contra la seguridad de las mujeres.
Esto queda asentado en la Ley de Movilidad del Estado, tras ser aprobada la modificación a su artículo 202, propuesto por el diputado del PAN, Francisco Sánchez Esparza con 21 votos a favor.
Dicho artículo señala la responsabilidad de los concesionarios de todo el transporte público; de personas y bienes, para que sus operadores cumplan con las obligaciones marcadas y en este caso se agregan más a la lista.
Tanto en lo que se refiere a no usar audífonos, no sobrepasar el límite de ruido marcado y en este caso, el no trasmitir en sus unidades el material antes mencionado.
En específico, el párrafo pasa de solo señalar el no uso de audio a alto volumen, a ser más específico en cuanto a los decibeles permitidos y también sobre el contenido del material audiovisual.
“No podrán utilizar audífonos durante el servicio. En cuanto al aparato de sonido, su volumen no podrá superar los 60 decibeles, de tal forma que el operador pueda escuchar el timbre, indicaciones diversas de los pasajeros y sonidos propios de la circulación del tránsito.”
Y continua el texto del párrafo, en cuanto a los conocidos como narcocorridos o música que promueva la violencia contra las mujeres:
“De igual modo, queda prohibido transmitir o reproducir material audiovisual que promueva la cultura de la violencia, haga apología del delito o cosifique a la mujer”.
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