Se incluye en reforma judicial Aguascalientes regulación de salarios de personas juzgadoras

No se les podrá bajar el salario, pero no podrán ganar más que la persona titular del Ejecutivo Federal

REFORMA
Última actualización:  |  Luigi Rivera

En la reforma al Poder Judicial Local, enviada por el Ejecutivo, se incluye regulación sobre los salarios de jueces y magistrados.

 

En este caso en específico se señala que la remuneración que perciban las personas titulares de las Magistraturas del Supremo Tribunal de Justicia, del Tribunal de Disciplina Judicial de Aguascalientes, así como las integrantes del Pleno del Órgano de Administración Judicial Estatal, y de los

Juzgados, no podrá ser disminuida durante su encargo.

 

Pero también se señala que no podrá ser mayor a la establecida para la persona titular de la Presidencia de la República en el presupuesto correspondiente. 

 

También se señala que no podrán, en ningún caso, aceptar ni desempeñar empleo o encargo de la Federación, de las entidades federativas o de particulares, salvo los cargos no remunerados en asociaciones científicas, docentes, literarias o de beneficencia.

 

Sobre las limitantes que tendrán al concluir sus periodos se señala que aquellas personas que hayan ocupado el cargo de titulares de las Magistraturas del Supremo Tribunal de Justicia, del Tribunal de Disciplina Judicial de Aguascalientes, del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado, de los Juzgados o integrantes del Pleno del Órgano de Administración Judicial Estatal, no podrán, dentro de los dos años siguientes a la fecha de su retiro, actuar como patronos, abogados o

representantes en cualquier proceso ante los órganos del Poder Judicial del Estado.

 

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