COI prohibe que atletas transgénero compitan en ramas femeniles de Juegos Olímpicos

La competencia será únicamente para mujeres biológicas en estas ramas.

COI ATLETAS TRANSGÉNERO
Última actualización:  |  Emiliano Jiménez

El Comité Olímpico Internacional ha aprobado una nueva política de elegibilidad que se aplicará para la edición de Los Ángeles 2028, esta política consta de que las atletas transgénero ya no podrán participar en la rama femenil de cualquier disciplina de la justa olímpica, solamente podrán competir mujeres biológicas de nacimiento.

Hasta el momento no está claro cuantas atletas transgénero están en el camino de la clasificación de un puesto olímpico, sin embargo, si hay registros de participación de una atleta transgénero en una justa, pues en el 2021, Laurel Hubbard compitió en la disciplina de levantamiento de pesas, aunque no logró obtener ninguna medalla.

"La elegibilidad para cualquier evento de categoría femenina en los Juegos Olímpicos o cualquier otro evento del COI, incluyendo deportes individuales y de equipo, queda ahora limitada a las mujeres biológicas", sentenció el organismo.

Cabe señalar que esto se alinea con una orden ejecutiva del mandatario de Estados Unidos, Donald Trump, quien había firmado la orden "Keep Men Out of Women´s Sports", donde a su vez también amenazó con negar la visa a atletas que quisieran competir en esta justa, además de también amenazar con retirar todos los fondos a organizaciones que permitieran la competencia de atletas trans en deportes femeniles.

Para los Juegos Olímpicos de Los Ángeles 2028, la elegibilidad para las ramas femeniles dependerá de una prueba de detección del gen "SRY", el cual solo está presente en los hombres, por lo que las atletas que compitan deberán de arrojar un resultado negativo.

“El COI considera que la presencia del gen SRY es fija a lo largo de la vida y constituye una prueba altamente precisa de que un atleta ha experimentado un desarrollo sexual masculino”, señala el COI en el comunicado.

Claro que se habló de algunas excepciones, como por ejemplo el diagnóstico de síndrome de insensibilidad completa a los andrógenos o cualquier otro trastorno de desarrollo sexual, siempre y cuando no se hagan uso de anabólicos o de mejora de rendimiento de testosterona.

Esta decisión se tomó tras una junta ejecutiva donde se publicó un documento de 10 páginas,  indica que la ventaja de rendimiento masculina sobre las mujeres biológicas es del "10-12 % en la mayoría de las pruebas de carrera y natación", de al menos un 20 % en "la mayoría de las pruebas de lanzamiento y salto", y "puede superar el 100 %" en deportes de potencia explosiva, como los «deportes de golpeo».

 

 

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