Empresas tienen hasta el 30 de mayo para entregar utilidades
Tienen derecho todos los trabajadores que hayan laborado al menos 60 días en la empresa
Gerardo Sánchez, economista y asesor financiero, recuerda a los trabajadores que de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo los empleadores tienen como fecha límite el 30 de mayo para el reparto de utilidades.
Según el artículo 121 de dicha ley, después de que la empresa realice su declaración del ejercicio fiscal pasado, tiene un plazo de 10 días hábiles para entregar a los trabajadores una copia de esta declaración, donde se especifica el monto de las utilidades generadas.
Sánchez destacó que, de acuerdo con la ley, a los trabajadores les corresponde un reparto del 10% de las utilidades, siempre y cuando hayan laborado al menos 60 días en la empresa durante el ciclo fiscal anterior.
Es importante subrayar que los socios o directores generales de las empresas, así como aquellos que trabajan por honorarios y no cumplan con el requisito de los 60 días laborados, no tienen derecho a recibir esta participación.
El especialista destaca que las utilidades no pueden entregarse en vales o mercancías; además, si el monto a repartir supera 15 días de salario mínimo, que corresponde a 3,735 pesos, se deben grabar las utilidades con el Impuesto sobre la Renta (ISR).
Sánchez también advirtió a los empresarios sobre la importancia de cumplir con esta obligación, ya que el no pago del reparto de utilidades puede resultar en multas que van desde 22,400 hasta 448,000 pesos.
Para aclarar dudas u obtener más información sobre el reparto de utilidades, los trabajadores pueden comunicarse a la PROFEDET a través de los números 800–71–72–942 o 800–911–78–74.
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