Corte analizará si mujeres musulmanas pueden usar velo en fotos para pasaporte

Se argumentó que las convicciones religiosas no eximen del cumplimiento de las leyes.

Mujeres musulmanas
Última actualización:  |  Redacción

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discutirá el próximo 4 de diciembre un proyecto sobre la posibilidad de que mujeres musulmanas puedan usar el velo islámico (hiyab) al tomarse la fotografía para su pasaporte mexicano.

El caso llegó al máximo tribunal luego de que la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) impugnara un amparo otorgado a una ciudadana mexicana, que le permitía obtener su pasaporte sin descubrir su cabeza, contrario al Reglamento de Pasaportes, que exige que la cabeza esté completamente descubierta para garantizar la identificación de la persona.

El proyecto que será analizado por el pleno fue elaborado por la ministra Yasmín Esquivel Mossa, y propone proteger la libertad religiosa, pero modificando la sentencia de la jueza de distrito. En este proyecto, se aclara que la protección del amparo debe entenderse exclusivamente para velos que cubran solo una parte de la cabeza, dejando totalmente visible e identificable el rostro de la solicitante.

El caso data de abril de 2022, cuando la mujer acudió a la oficina de la SRE en Chihuahua para tramitar su pasaporte y se le informó que debía descubrir su cabeza. Ante su negativa, la ciudadana promovió un juicio de amparo, en el que la jueza de distrito consideró inconstitucional el reglamento por discriminatorio y le permitió portar el hiyab.

La SRE solicitó revocar la sentencia argumentando que las convicciones religiosas no eximen del cumplimiento de las leyes y que la jueza adoptó una postura arbitraria al favorecer a la quejosa. Por ello, la entonces ministra presidenta Norma Piña turnó el asunto a la Primera Sala, bajo el expediente 499/2024.

El proyecto de la ministra Esquivel Mossa no declara inconstitucional el Reglamento de Pasaportes, pero ratifica la concesión del amparo, estableciendo que las autoridades deberán permitir la prenda religiosa siempre que no impida la identificación del rostro. Asimismo, se asegura que esta autorización no compromete la seguridad nacional ni las normas internacionales, cumpliendo lineamientos del Convenio sobre Aviación Civil Internacional.

El caso forma parte de un debate internacional más amplio. Organizaciones como Amnistía Internacional y Human Rights Watch han señalado que prohibir el velo puede constituir violaciones a los derechos humanos, afectando de manera desproporcionada a mujeres musulmanas. En contraste, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha avalado prohibiciones del velo integral en algunos países europeos, que argumentan razones de seguridad y cohesión cultural.

El proyecto de la SCJN reconoce que el uso del hiyab en ciertos contextos puede ser una expresión de la libertad religiosa y de identidad, y busca equilibrar estos derechos con las obligaciones legales de identificación, en un tema que aún genera debate global sobre igualdad de género, libertad religiosa y derechos individuales.

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