Publican decreto para facilitar la cancelación inmediata de suscripciones y membresías

Busca fortalecer la protección de los derechos de los consumidores y evitar prácticas abusivas relacionadas con cargos no deseados

Publican decreto para facilitar la cancelación inmediata de suscripciones y membresías
Última actualización:  |  Redacción

Este viernes 12 de diciembre fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto que establece la cancelación inmediata de suscripciones y membresías, además de obligar a los proveedores a respetar la decisión de las personas consumidoras.

El decreto, mediante el cual se adicionan las fracciones VIII y IX al artículo 76 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor, señala que los proveedores deberán abstenerse de utilizar estrategias de venta o publicitarias que no proporcionen información clara y suficiente sobre los servicios ofrecidos. La disposición hace énfasis en las prácticas de mercadotecnia dirigidas a poblaciones vulnerables, como niños, personas adultas mayores y enfermos, para quienes deberán incorporarse mecanismos que adviertan cuando la información no sea apta para ese sector.

Asimismo, la reforma establece que los proveedores deberán implementar mecanismos que permitan a la persona consumidora cancelar de manera inmediata cualquier servicio, suscripción o membresía, siempre que ello no contravenga las disposiciones contractuales vigentes.

El decreto también obliga a respetar la decisión del consumidor respecto a la cantidad y calidad de los productos que desea recibir, así como su derecho a no recibir avisos comerciales. De igual forma, se establece que los proveedores deberán informar de manera clara, destacada y accesible si el servicio contratado implica cobros automáticos recurrentes, detallando su periodicidad, monto y fecha de cargo.

Los cobros deberán contar con el consentimiento expreso e informado de la persona consumidora. En los casos en los que el contrato contemple la renovación automática del servicio, el proveedor estará obligado a notificarlo con al menos 5 días naturales de anticipación, permitiendo la cancelación sin penalización.

Con estas modificaciones, la autoridad busca fortalecer la protección de los derechos de los consumidores y evitar prácticas abusivas relacionadas con cargos no deseados y cancelaciones complicadas.

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