TEPJF deja en manos de los OPLE denuncias contra “corcholatas” estatales de Morena

La decisión coincide con el criterio que había adoptado previamente la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE.

TEPJF
Última actualización:  |  Redacción

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que corresponde a los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLE) resolver las denuncias presentadas contra las llamadas “corcholatas” de Morena por presuntos actos anticipados de precampaña y otros posibles ilícitos relacionados con los procesos internos para definir coordinaciones estatales rumbo a las elecciones de 2027.

Con esta decisión, el Tribunal confirmó que el Instituto Nacional Electoral (INE) carece de competencia para conocer de manera centralizada las quejas relacionadas con las designaciones estatales, por lo que los asuntos deberán tramitarse por separado ante las autoridades electorales de las entidades involucradas.

El pleno rechazó el proyecto presentado por el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, quien proponía ordenar al INE admitir y analizar las denuncias promovidas por Movimiento Ciudadano (MC) contra Morena por la designación de las Coordinaciones de la Defensa de la Transformación y la Soberanía Nacional.

Rodríguez Mondragón había sostenido que las denuncias formaban parte de una estrategia sistematizada a nivel nacional y que, por ello, no debían fragmentarse entre las distintas autoridades locales. En su proyecto argumentó que separar los casos impediría analizar integralmente las conductas denunciadas.

El magistrado Felipe Fuentes Barrera se pronunció contra el proyecto y explicó que la decisión del Tribunal no representa una absolución de las personas denunciadas ni de Morena. “Quiero dejar en claro un aspecto que para mí es fundamental: aquí no estamos absolviendo a nadie de ninguna conducta que se denuncie, simplemente estamos definiendo qué autoridad es la que debe investigar los hechos”, sostuvo.

Fuentes Barrera señaló que las designaciones de Morena fueron realizadas de manera particular para cada entidad, mediante convocatorias, registros, valoración de perfiles y resultados propios. “Aquí advierto que cada designación se refiere a una persona, una entidad, un nombramiento partidista distinto”, explicó.

A su consideración, no se trata de un solo hecho con efectos en varias elecciones, sino de una pluralidad de hechos con posible incidencia local que puede ser identificada por entidad.

La decisión coincide con el criterio que había adoptado previamente la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE, que se declaró incompetente para conocer las denuncias de MC al considerar que los hechos podían individualizarse por estado.

Movimiento Ciudadano había denunciado a Morena por presuntamente posicionar de manera anticipada diversos perfiles políticos para competir por las gubernaturas de 2027, bajo la figura de las Coordinaciones de Defensa de la Transformación y la Soberanía Nacional.

El partido sostuvo que los recorridos y actividades de los aspirantes formaban parte de una estrategia organizada desde la dirigencia nacional de Morena para adelantar candidaturas fuera de los plazos establecidos por la legislación electoral.

La impugnación ante el TEPJF se produjo después de que la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE determinara que no tenía competencia para conocer de las quejas. Entre los estados involucrados estuvieron Aguascalientes, Campeche, Colima, Querétaro y Sinaloa.

En el proyecto que fue rechazado, Reyes Rodríguez Mondragón planteó que las denuncias no debían dividirse porque, aunque correspondían a diferentes entidades, formaban parte de una misma estrategia partidista.

El magistrado sostuvo que existían elementos comunes en la organización de los procesos internos de Morena y que su análisis fragmentado impediría determinar si existió una actuación sistemática.

La propuesta señalaba que las designaciones se realizaron bajo criterios generales aprobados por el partido y con intervención de órganos nacionales, además de que algunas de ellas fueron anunciadas de manera conjunta.

Sin embargo, la mayoría de la Sala Superior consideró que las características particulares de cada proceso estatal justificaban que fueran las autoridades locales las encargadas de conocer las denuncias.

Con la resolución, los posibles actos anticipados de precampaña o campaña denunciados deberán ser analizados, en su caso, por los OPLE correspondientes. La determinación se refiere a la competencia de las autoridades y no establece por sí misma si las personas denunciadas incurrieron o no en alguna infracción electoral.

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