Tribunal Federal ordena liberar a exagente del Cisen implicado por la FGR en el caso Colosio
Con esta determinación, la FGR ya no podrá impugnar el fallo.
Un Tribunal Federal ordenó dejar libre a Jorge Antonio Sánchez Ortega, exagente del extinto Centro de Investigación y Seguridad Nacional (Cisen), quien era investigado por la Fiscalía General de la República (FGR) por su presunta participación en el homicidio de Luis Donaldo Colosio Murrieta, excandidato del PRI a la Presidencia de la República, asesinado en 1994.
La resolución fue emitida por el Primer Tribunal Colegiado de Apelación del Segundo Circuito, con sede en Toluca, Estado de México, que determinó que no existen pruebas suficientes para vincular al exfuncionario con el crimen y que la acción penal por el delito de homicidio simple intencional prescribió hace 12 años.
En su resolución, publicada el pasado viernes, el Tribunal declaró prescrita la acción penal ejercida contra Sánchez Ortega, revocó el auto de término constitucional dictado el 15 de noviembre de 2025 por el juez cuarto de Distrito en Materia Penal en el Estado de México y decretó el sobreseimiento de la causa, con lo que dio por concluido el proceso penal.
Asimismo, ordenó la inmediata libertad del exagente únicamente por este asunto, sin perjuicio de que permanezca privado de la libertad por otros procesos penales en su contra.
Con esta determinación, la FGR ya no podrá impugnar el fallo. La única vía para solicitar una revisión del caso corresponde a las víctimas, es decir, a los familiares de Colosio Murrieta, mediante la promoción de un juicio de amparo.
No obstante, la familia del excandidato presidencial se ha pronunciado en distintas ocasiones por dar por concluido el caso e incluso ha solicitado la liberación de Mario Aburto Martínez, sentenciado como autor material del asesinato.
La investigación contra Jorge Antonio Sánchez Ortega fue retomada durante la gestión del fiscal general Alejandro Gertz Manero, quien impulsó nuevamente la hipótesis de un segundo tirador en el asesinato de Colosio.
En noviembre de 2025, el juez cuarto de Distrito en Materia Penal en el Estado de México, Daniel Marcelino Niño Jiménez, dictó auto de formal prisión contra el exagente por su presunta responsabilidad en el delito de homicidio calificado en calidad de coautor, por lo que permaneció recluido en el penal federal de máxima seguridad del Altiplano.
Entre los elementos considerados por el juzgador figuró el testimonio de Leticia Ortiz, excompañera de trabajo de Mario Aburto, quien declaró que Sánchez Ortega visitó en diversas ocasiones al magnicida semanas antes del asesinato. También se tomó en cuenta una chamarra con residuos de plomo, indicio que la Fiscalía relacionó con el posible uso de un arma de fuego.
Sin embargo, en 2023 y 2024 otros jueces federales habían rechazado las solicitudes de aprehensión presentadas por la FGR al considerar que no existían elementos suficientes para presumir la responsabilidad del exagente en el magnicidio.
Fue hasta septiembre de 2025 cuando un nuevo juez autorizó la orden de captura, lo que permitió su detención el 8 de noviembre de ese año en Tijuana, Baja California.
Luis Donaldo Colosio Murrieta fue asesinado el 23 de marzo de 1994 durante un acto de campaña en la colonia Lomas Taurinas, en Tijuana, Baja California.
Por este crimen, Mario Aburto Martínez fue condenado a 45 años de prisión como autor material del homicidio y actualmente continúa cumpliendo esa sentencia, cuya conclusión está prevista para 2039.
El mismo día del atentado también fue detenido Jorge Antonio Sánchez Ortega debido a que presentaba manchas de sangre en su ropa; sin embargo, fue liberado horas después al concluirse que no había disparado un arma de fuego.
En octubre de 2024, la entonces Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación revocó el amparo que un Tribunal Federal había concedido a Mario Aburto para obtener su libertad tras cumplir 30 años de prisión.
Con esa resolución, el máximo tribunal ordenó reponer el procedimiento para garantizar la participación de las víctimas en el juicio de amparo, por lo que la condena de 45 años de prisión permanece vigente.
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