Por lo menos, 40 años en prisión podría pasar feminicida de Elvia
Acorde con el Código Penal del Estado de Aguascalientes, comete el delito de feminicidio la persona que por razones de género prive de la vida a una mujer, y entre las sanciones se estipula de cuarenta a sesenta años de prisión.
José Luis Eloy Morales Brand, abogado especialista en sistema penal acusatorio y derechos humanos, explica a BI Noticias que el feminicidio de Elvia Ramírez, de 61 años, cumple con las razones de género para la tipificación
La mínima es 40 y la máxima 60. Las condiciones en que se lleva a cabo (el crimen) forman parte de las razones de género que maneja el tipo pena: El tema de que sea pareja, que la hayan incomunicado, privado de la libertad; si la quemó también puede entrar en tema de tortura. Entonces ya forman parte las condiciones como razones de género, por lo mismo no hay agravantes. De hecho ese tipo penal no tiene agravantes.
Morales Brand indica que, a diferencia del delito de homicidio calificado, el feminicidio no contempla agravantes en su comisión. Sin embargo, tiene penas más altas que el homicidio hasta por 15 años.
En el homicidio calificado, es decir, el homicidio agravado, la máxima son 45 años de prisión, aproximadamente. en cambio el feminicidio por sí mismo ya es de 40 a 60 años; o sea, es se castiga mucho más que el homicidio calificado. La agravante está contenida.
Según lo estipulado en el Código Penal estatal, la sentencia para el feminicida de Elvia, Pedro, podría incrementar hasta en una tercera parte. De imponerse la pena máxima, podría dictarse hasta 80 años en prisión.
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