Restringen celulares en escuelas de Aguascalientes; alumnos no podrán usarlo en aulas sin permiso

Restricción de celulares escuelas de Aguascalientes
Última actualización:  |  Yalma Arronte

Restringen celulares en escuelas de Aguascalientes; alumnos no podrán usarlo en aulas sin permiso. 

Este lunes, el Periódico Oficial del Estado publicó el “Protocolo para el uso responsable de los dispositivos digitales en planteles educativos públicos y particulares de educación básica y educación media superior en el estado de Aguascalientes”, con la finalidad de regular su uso dentro de las aulas, evitar distracciones, prevenir los riesgos y la violencia digital a la que podría enfrentarse el estudiantado con las tecnologías de la información, así como promover su uso responsable. 

A partir de este momento, los estudiantes no podrán hacer uso de celulares o dispositivos digitales similares dentro de las aulas, sin la autorización previa de docentes y de la autoridad educativa. Estas medidas se aplicarán para escuelas públicas y particulares, de educación básica y media superior. 

El protocolo se compone de cuatro aspectos. El primero indica las medidas a tomar previo al ingreso del estudiante al plantel. El padre de familia deberá autorizar o negar la portación del dispositivo por parte de su hijo. De contar con el visto bueno, deberá cerciorarse de que el teléfono se encuentra en modo avión y ser resguardado en el interior de la mochila, bolsa o portafolio. 

Si un alumno ingresa con un celular al plantel, el personal educativo deberá notificarle que el teléfono debe estar bajo resguardo, ya sea en su mochila o depositarlo en la caja, gaveta, contenedor u otro repositorio que determine la autoridad escolar. Este debe estar apagado o en “modo avión”, durante toda la jornada escolar,  tanto al  interior  del  plantel  educativo  como  en  las  actividades  académicas  que  se organicen fuera de este. Para tal fin, se designará a una persona encargada del resguardo y posterior entrega de los celulares. Los daños que tenga el dispositivo deben reportarse previamente. 

El segundo aspecto contemplado en el protocolo, indica el lugar de resguardo de estos dispositivos y varía dependiendo del nivel educativo. En el caso de los planteles de preescolar, se sugiere que el teléfono sea puesto a disposición de la oficina que ocupa la dirección, la coordinación o sección del plantel. Para el nivel primaria, se agrega la posibilidad de resguardar los mismos en una caja, gaveta u otro repositorio colocado en el aula; deberá contar con llave o candado. Mientras que para nivel secundaria y media superior, se sugiere además, la instalación en  cada  aula  una  caja,  archivero  o  casillero  con  espacio  apropiado  para el resguardo de los dispositivos digitales, que deberá permanecer bajo llave o candado.

El tercer punto abarca el uso de los celulares dentro del plantel educativo. De ser necesaria su implementación para actividades académicas, el docente a cargo deberá contar con la autorización previa de la autoridad educativa e informarlo con dos días de anticipación a los padres de familia. En estos casos, el maestro deberá vigilar su uso responsable y exclusivo para fines educativos. 

Finalmente, a la salida, los teléfonos serán devueltos a los estudiantes por la persona designada como la encargada de su resguardo. Si el celular fue retirado durante la jornada escolar por su uso sin autorización, será entregado directamente a los padres de familia, quienes tendrán un plazo máximo de dos días para recogerlo. 

Si un alumno requiere comunicarse con su padre de familia o tutor, por alguna situación de emergencia, se priorizará el uso del teléfono fijo del plantel o del que se disponga. 

Ante el incumplimiento del protocolo, como su uso para mensajería, llamadas, redes sociales, juegos, entre otros, se plantean medidas formativas como el levantamiento de un reporte, firma de carta compromiso, el retiro del dispositivo, citatorio a padres de familia o incluso la presentación de una denuncia ante Procuraduría de Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en los casos en los que exista omisión de las madres y padres de familia o personas tutoras, lo anterior, dependiendo de las faltas que van de leves a graves. 

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